Perú: un paso más hacia el acceso a salud para personas con tuberculosis
Después de mucha espera, en noviembre, el Seguro Integral de Salud emitió una directiva para hacer efectiva la incorporación de las personas afectadas de tuberculosis dentro del régimen subsidiado, ahora podrán acceder de manera directa a la cobertura total y gratuita de la atención de salud, sin requerir una calificación económica. Sin embargo, la implementación está pendiente.
En noviembre de este año , el Seguro Integral de Salud (SIS) emitió la Resolución Jefatural 112-2020, cuya finalidad es regular los procedimientos de afiliación al SIS; con ella, por lo menos en el papel, se da inicio a la incorporación efectiva de todas las personas afectadas de tuberculosis (PAT) dentro del régimen subsidiado de aseguramiento en salud; eso implica que el Estado cubrirá el costo total de la atención de salud que las personas afectadas requieran y que su afiliación a este régimen será directa, siempre que no tengan otro tipo de seguro.
Han tenido que pasar meses para llegar a este punto, desde el 18 de enero, fecha en que se emitió el Decreto Supremo N° 002-2020-SA, que identificaba a la población de PAT en situación de vulnerabilidad sanitaria, entendida esta como “aquella situación asociada a una condición de salud, que denota desventaja especialmente grave, a nivel económico, educativo, social, entre otros; lo cual limita la capacidad de desarrollarse, resistir o sobreponerse ante una enfermedad, riesgo de enfermar o morir, y que requiere que el Estado realice un mayor esfuerzo para facilitar la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional y acceder a mejores condiciones de vida”, determinando por lo tanto su afiliación regular dentro del régimen subsidiado del Seguro Integral de Salud de manera directa. El Decreto estableció un plazo de 45 días hábiles para que se reglamente, lo cual no se cumplió.

La importancia de la incorporación directa de las PAT al régimen subsidiado del SIS
Antes de la emisión de esta norma, las personas afectadas de tuberculosis que no tenían otro tipo de seguro (como el Seguro Social, seguros privados o de las Fuerzas Armadas y Policiales) dependían de una calificación socioeconómica previa y solo las que calificaban como pobres y pobres extremos podían acceder de manera automática a la cobertura total del régimen subsidiado; de no estar calificadas, accedían a un seguro de menor cobertura, denominado Seguro Integral de Salud para Todos (SIS para Todos). Bajo ese régimen, aunque el tratamiento era gratuito, las PAT tenían que cubrir de su bolsillo el costo de los exámenes y otras atenciones, lo cual las alejaba del acceso a la atención y tratamiento.
La falta de cobertura y gasto consiguiente puede gravitar sobre la economía individual y familiar de la persona afectada, exponiéndolos al riesgo de “empobrecimiento por el impacto de la enfermedad”, como menciona la Mesa de Concertación de lucha contra la Pobreza en su ALERTA 4: Sobre PANTBC y afiliación al SIS de los pacientes con TB del año 2017. En esa misma alerta, se señala que el 100% de los pacientes de tuberculosis no tienen garantizado una atención integral que ofrecería un Seguro de Salud que pueda cubrir los exámenes clínicos y otros tratamientos complementarios durante el tratamiento de su enfermedad, lo cual afectaría el proceso de su recuperación y su economía familiar, y no logra disminuir el riesgo de contagio para familiares y otros.
Es necesario también señalar que con la situación generada por la pandemia de covid-19, la población no pudo acceder a la calificación socioeconómica, regulada por las municipalidades, al paralizarse parcialmente su labor, esto ocasionó que las personas que requerían afiliación al seguro subsidiado, no lo pudieran hacer y se les integrara al denominado SIS para Todos, cuyas limitaciones ya mencionamos.
No hay una estadística oficial sobre cuantas personas afectadas a nivel nacional podrían haber estado en esta situación, pero sí hay algunos datos parciales y significativos. En julio de este año, una funcionaria de salud, Virginia López Alarcón, señalaba en el Foro sobre la situación de la Tuberculosis en la jurisdicción de la Dirección de Redes Integradas de Salud de Lima Sur (que agrupa a varios distritos de la Ciudad de Lima), organizado por ISDEN y la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza de Lima, que para el año 2019, de un total de 2010 personas con tuberculosis atendidas en esa zona, 522 no tenían ningún tipo de seguro y debían cubrir parte de la atención con sus propios recursos.
El curso de la afiliación
La publicación de la norma fue un importante paso, pero hasta el momento no se ha procedido a la afiliación directa de los PAT, esto se debe –probablemente- a que la Resolución Jefatural indica que se iniciaría cuando “la Dirección de Prevención y Control de Tuberculosis de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública- DGIESP del MINSA, remita a la IAFAS SIS la base de datos para la realización de la afiliación”, esto implica, según señalaba Aydee Cárdenas en el Webinario sobre SIS e incorporación de las Personas Afectadas de Tuberculosis en el régimen subsidiado organizado por el Observatorio TB Perú, el 10 de diciembre, “que el MINSA remita la base de datos de Personas Afectadas al SIS, estos listados se validarán con el RENIEC y SUSALUD y finalmente se hará una afiliación masiva y directa”; lo cual no se ha hecho efectivo hasta la fecha.
El SIS y sus planes de cobertura
El Seguro Integral de Salud busca mejorar el acceso a la atención de salud y eliminar las barreras económicas que limitan este acceso. Para ello busca la afiliación a un sistema de aseguramiento que cuenta con dos regímenes de financiamiento, por un lado el subsidiado, en donde las personas afiliadas están aseguradas por el financiamiento público en su totalidad, y por otro lado el semicontributivo, que implica que parte del financiamiento debe ser cubierto por el aporte de los asegurados.
El régimen subsidiado cuenta con dos planes: el “SIS gratuito” y el “SIS para Todos”, el primero está dirigido a las personas en pobreza, según su clasificación socioeconómica y a aquellas poblaciones cuya integración ha sido aprobada por norma (como en el caso de las personas afectadas de TB o que viven con VIH); el segundo está dirigido a personas que no cuentan con otro seguro y que no está condicionada a su nivel socioeconómico, en este caso la cobertura de la atención es parcial. En el régimen contributivo, el afiliado cubre parte del costo de la atención, aquí se encuentran los planes “SIS Independiente”, “SIS Emprendedor” y “SIS Mype”.
Es necesario que en el plazo más breve posible el Ministerio de Salud, a través de la Dirección de prevención y control de la tuberculosis articule con el Seguro Integral de Salud para regularizar el proceso de afiliación directa de las personas afectadas de tuberculosis en el régimen subsidiado como dicta la norma. Son inadmisibles las demoras por procesos burocráticos, ya que ello impacta en la atención de salud de los PAT, empobreciéndolo aún más en un contexto de aguda disminución de ingresos que se superponen debido a los efectos de la Pandemia de COVID 19.
Sigue el camino hacia la salud universal
Llegar a este punto no ha sido un camino fácil y ha tomado un tiempo muy largo. En el 2017 ya la Defensoría del Pueblo emitió el Informe de Adjuntía N°15 que aporta elementos que respaldan la incorporación de las personas afectadas de tuberculosis y otros grupos dentro de la población denominada vulnerable entendiendo ello como “la especial situación en que se encuentra una persona o colectivo de personas de verse afectado en el ejercicio y goce de sus derechos, debido principalmente a factores externos y de una manera especialmente intensa”, recomendando su incorporación dentro del régimen subsidiado del Seguro Integral de Salud.
La Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza, en su ALERTA 4: Sobre PANTBC y afiliación al SIS de los pacientes con TB, también del año 2017, fundamentó la necesidad de esta incorporación automática, por una parte, en la demora en los procesos de calificación socioeconómica por parte de las municipalidades (requisito previo para incorporarse en el SIS subsidiado) y la no calificación de población afectada no pobre que no cuenta con otro seguro de salud, mencionó también que “no se tomó en cuenta que la tuberculosis no sólo afecta la salud de la persona sino también su economía individual y familiar exponiéndolos al riesgo de empobrecimiento por el impacto de la enfermedad”.
En los siguientes años, las organizaciones de personas afectadas por la tuberculosis y las personas con VIH emprendieron una estrategia de incidencia para lograr su categorización como población vulnerable, lo cual se logró a inicios de este año y se ha reglamentado en noviembre último.
A pesar de todos estos avances, queda camino por recorrer. Aún hace falta el cumplimiento de la norma y la incorporación real al SIS de las PAT. Desde las organizaciones de base comunitaria continuaremos con nuestro rol vigilante y con la incidencia necesaria para hacer del derecho a la salud una realidad plena.
Fuente: Corresponsales Clave
Escrito por: Carlos Ricardo Rojas